El rol de la custodia de Cristina Kirchner el 1 de septiembre de 2022, cuando sufrió un intento de homicidio por parte de Fernando Sabag Montiel, abrió interrogantes sobre el cumplimiento del Protocolo 7, que determina el comportamiento del personal asignado a su protección. Ahora, el Ministerio Público Fiscal también puso la lupa sobre la responsabilidad en quienes deben ser custodiados. Y se pidió revisar la normativa mencionada en pos de limitar «la discrecionalidad del funcionario custodiado, quien deberá cumplir con las instrucciones impartidas por los custodios asignados» para garantizar su seguridad.
Desde el episodio calificado por la Justicia como de una enorme gravedad institucional por tratarse de la vicepresidenta de la Nación en ejercicio del poder y de una de las principales referentes de la escena política argentina, el rol de la custodia de Cristina Kirchner fue cuestionado. La seguridad estuvo en manos de la militancia que armó un cordón para resguardarla, incluso fueron los militantes quienes detectaron el proceder de Sabag Montiel, reduciéndolo en el piso y quitándole el arma de fuego. Nada fue advertido por la custodia.
En el desarrollo de las audiencias del juicio oral y público, que tiene sentados en el banquillo de los acusados a Sabag Montiel, a Brenda Uliarte y a Nicolás Carrizo acusados de homicidio en grado de tentativa, agravado por el uso de arma de fuego y la planificación, se escuchó la secuencia de quienes se dieron cuenta que alguien había gatillado a tan solo quince centímetros de la cabeza de la ex presidenta.
Una vez más, se observó en los videos proyectados que la custodia incluso después de que los militantes le mostraran al joven que estaba inmóvil en el piso y mientras otra persona pisaba el arma de fuego, nunca tomaron la decisión de retirar de esa escena de latente peligro a Cristina Kirchner.
La misma madrugada en la que la ex vicepresidenta fue víctima del atentado, todo el personal a cargo del dispositivo de seguridad prestó declaración testimonial. Cuando la causa quedó delegada en la fiscalía a cargo de Carlos Rívolo, se impulsó una línea de investigación que se concentra en el rol de la custodia y si la misma cometió alguna omisión y/o imprudencia en su desempeño.
Ese expediente penal continúa abierto. Es en el marco del mismo que la fiscalía a cargo de Rívolo y la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) que dirige Sergio Rodríguez, formularon un pedido particular a la jefa del Departamento Investigaciones Administrativas de la Policía Federal, Comisario Inspector Monica Fabiana Carracedo, sobre la aplicación del Protocolo de Actuación Nº 07 que es el que rige para la custodia de funcionarios y dignatarios. El mismo fue aprobado en el año 2012 por la Policía Federal Argentina.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal, que continúan investigando el accionar de la custodia, aplican otra mirada y es sobre la persona que debe ser cuidada. Lo que piden es que se observe la aplicación de dicho protocolo en pos de limitar «la discrecionalidad del funcionario custodiado, quien deberá cumplir con las instrucciones impartidas por los custodios asignados, a fin de poder desempeñar eficientemente la protección de los mismos, garantizándose su seguridad integral…», sostiene el dictamen al que accedió Clarín.
El accionar de los custodiados
Hay un dato central: durante el juicio que tiene a cargo del Tribunal Oral Federal 6 (TOF 6), un militante kirchnerista contó que después del ataque del que fue víctima Cristina, quien estaba a cargo de la custodia ese día (Diego Carbone, el jefe del dispositivo de seguridad no estaba en funciones), le pidió borrar, antes de que la noticia trascendiera, los videos donde había registrado a Sabag Montiel apuntando con el arma al a ex vice. Cuando le mostraron un video, señaló a Guillermo Gallo como el responsable de exigirle que elimine los registros fílmicos.
Cuando el subcomisario Gallo declaró, apenas ocurrió el atentado, ante Rívolo y la jueza María Eugenia Capuchetti, explicó que no les estaba permitido “realizar un maniobra de 360 que es una protección circular porque quiere tener cercanía, contacto con la militancia”. Esto fue un disparador para los fiscales junto con el comportamiento del presidente Javier Milei “que se mueve sin respetar el protocolo en muchas ocasiones para tener contacto con la gente, todas esas cosas son de riesgo”, explicaron fuentes judiciales a Clarín.
A la hora de solicitar a las autoridades de la PFA que tengan en cuenta la sugerencia de la PIA, el fiscal Rívolo añadió que, también a modo de sugerencia, “teniendo en cuenta la magnitud de los hechos que dieran origen a esta investigación; el caso en el cual se atentara contra la integridad física del actual Presidente de la Nación en el mes de diciembre de 2023, en ocasión de su asunción (…) y que han visto comprometida la seguridad de altos funcionarios del gobierno nacional”, se pidió que “se evalúe la posibilidad de dejar en claro que las alteraciones -totales o parciales- a la aplicación de los protocolos de custodia y protección de personas deberían ser, en todos los casos, una potestad exclusiva de quien ejerza la jefatura de la custodia del funcionario”.
En este punto, el fiscal federal sostiene que no importa de qué funcionario se trate, el jefe de la custodia “en tanto máximo responsable de la garantía de seguridad del custodiado” no debe -señala el dictamen- “someterse en ningún caso a los requerimientos y/o peticiones discrecionales de propio custodiado, el cual, como una de las tantas obligaciones inherentes a su condición de funcionario público, debería atenerse sin condicionamientos a los protocolos de actuación especialmente establecidos para garantizar su seguridad”.
El dictamen pone responsabilidad sobre la persona custodiada también. Un compromiso “que debe cumplirse y respetarse”, indica que cuando los funcionarios insisten en modificar alguna de las medidas de seguridad previstas en los protocolos, “corresponderá la inclusión de una cláusula en la cual se exija la firma de un acta o documento escrito en el cual quede asentado expresamente dicho requerimiento, poniéndolo en conocimiento -a través del Jefe de la custodia- de los posibles riesgos que suponga la alteración de los protocolos correspondientes”.
La investigación administrativa: aval a la custodia
Como contó Clarín, el sumario administrativo puso bajo investigación a Jorge Pellegrino, Jefe del Departamento Asistencia Técnica y Servicios, y al subcomisario Guillermo Gallo que tenía a cargo el dispositivo de seguridad aquella noche. Asimismo, se investigó a Matías Fernández, subinspector, a Santiago Guiglielmoni y al Sargento Guillermo Tizeira.
Se los había acusado de haber sido imprecisos en el desarrollo del dispositivo de seguridad, como también de posibles inconsistencias en las acciones de prevención (por ejemplo la planificación del dispositivo de seguridad).
Esta investigación que cursó dentro de la Policía Federal de quien depende la División de Custodia. También se estudiaron las operaciones realizadas en relación a lo que se conoce como “Servicio Refuerzo Departamento Seguridad Vicepresidencial”.
Sobre esos aspectos es que la fiscalía estableció un posible grado de responsabilidad. Pero para los responsables de realizar el sumario, ocurrió todo lo contrario.
Según la información a la que accedió Clarín, en las conclusiones firmadas el 25 de abril, y que corresponden al sumario, se señaló que a la hora de evaluar los dispositivos, como las formaciones adoptadas y aquellos aspectos de relevancia, en base a un croquis, como diversos registros fílmicos, sumado las testimoniales de la custodia, “se estableció que el personal policial dio cumplimiento estricto al tipo de accionar específico de acuerdo a la situación, entorno y momento de la protección de la ex-mandataria”.
Junto con ese planteo, se señaló que la custodia mantuvo de manera constante “un estrecho contacto” con Cristina, pese a que ninguno detectó el arma de fuego ni el peligro al que estuvo sometido durante varios minutos.
No fue lo único que se volcó en el sumario administrativo de cinco páginas. La Policía Federal indicó que al momento no hay elementos que tengan sustento suficiente que permita aseverar una “transgresión al régimen imperante”, que rige el actuar de la custodia. Entonces, remata el documento oficial, que todo lo que hicieron aquella noche del 1 de septiembre de 2022, fue “acorde con el protocolo” que rige para este tipo de circunstancias.
Acto seguido, con diez artículos en su parte resolutiva y en el marco de estas actuaciones administrativas, se sobreseyó a todos los integrantes de la custodia que trabajaron. En otras palabras: todos, según la propia Policía, procedieron correctamente y respetaron lo que indicaba el protocolo.