Este miércoles comenzó la audiencia de impugnación ordinaria ante los jueces de la Cámara en lo Penal local. En la fecha se efectuaron las impugnaciones de las defensas del ex secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos del municipio de Comodoro Rivadavia, Abel Boyero, así como las de los inspectores municipales Joaquín Mansilla, Rubén Sartori, Eduardo Van Heerden y Juan Carlos Lara; y las de Hernán Lobos Rosas y Javier Morales. En tanto que para mañana jueves se espera escuchar a las defensas de los restantes condenados en primera instancia: Roberto Monasterolo, Cristian Pérez y Rubén Palomeque.
La audiencia fue presidida por Mónica García y el tribunal de impugnación integrado por Martín Montenovo y Daniel Pintos, jueces penales de Cámara; en tanto el Ministerio Público Fiscal fue representado por Cristian Olazabal.
En la ocasión, la defensa de Boyero, ejercida por el abogado particular Guillermo Iglesias, solicitó su absolución por “aspectos que el tribunal de debate no valoró”, citando como ejemplo que su asistido “no puede controlar lo que no ve, ya que él estaba en el Predio Ferial. El tribunal no evaluó esto y es un déficit en la construcción del fallo”.
Según Iglesias, también se debe analizar qué impacto tuvo esta omisión en la decisión final, agregando que “jerarquizar una prueba para ponerla en contra del imputado es una arbitrariedad”.
En este aspecto, hizo referencia a la declaración en el juicio de un testigo que sostuvo que “el principal referente de campo fue Palomeque (por entonces secretario de Servicios a la Comunidad y que también fue condenado en primera instancia a 4 años e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos).
“Boyero no era el jefe directo de los inspectores. Existieron errores conceptuales en el fallo que disparan razonamientos equivocados”, concluyó el defensor.
Por su parte María de los Angeles Garro -defensora de Mansilla, Sartori, Van Heerden y Lara- resaltó que sin la pericia caligráfica “la prueba no es suficiente” para tener a sus representados como autores de falsedad ideológica y fraude a la Administración Pública, acotando que “la situación de la emergencia tuvo a mis asistidos en el campo y un mes después se promulga el memorándum. Es decir que el empadronamiento y la falsedad de los partes diarios era ajeno a ellos”.
Fuente: MPF Comodoro Rivadavia