El Superior Tribunal de Justicia de Chubut reactivó una causa por distribución de material de abuso sexual infantil y dejó sin efecto el sobreseimiento por prescripción que beneficiaba a un imputado de Comodoro Rivadavia.
El Superior Tribunal de Justicia de Chubut resolvió reactivar una causa por delitos vinculados a material de abuso sexual infantil y dejó sin efecto el sobreseimiento por prescripción que había beneficiado a un imputado de Comodoro Rivadavia. La decisión se dio tras una impugnación extraordinaria presentada por la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital (UFE CyED), a cargo del fiscal Fernando Rivarola.
El fallo del máximo tribunal fue parcial: por un lado, rechazó uno de los planteos de la Fiscalía vinculado a la nulidad de un informe obtenido de una red social. Los jueces entendieron que ese documento incluía información privada que no estaba directamente relacionada con la investigación, por lo que debía ser excluido del expediente. Sin embargo, en los puntos centrales del recurso, el STJ dio la razón al Ministerio Público Fiscal.
Uno de los aspectos clave fue la crítica a la absolución del imputado respecto de los hechos de distribución de material ilícito. Según el tribunal, la sentencia anterior no realizó una valoración integral de las pruebas y omitió considerar elementos técnicos relevantes que permitían vincular al acusado con las conductas investigadas. Entre esos elementos, los magistrados destacaron la coincidencia del IMEI del dispositivo, la titularidad de las líneas telefónicas utilizadas y el secuestro del teléfono en el domicilio del imputado. Para el tribunal, analizados en conjunto, estos indicios son suficientes para atribuir la autoría en delitos cometidos a través de plataformas digitales.
Otro punto cuestionado fue la forma en que se analizó el delito de tenencia de material de abuso sexual infantil. El fallo rechazó la fragmentación de la conducta según los distintos soportes en los que se encontraba almacenado el material. En ese sentido, sostuvo que la tenencia debe entenderse como una conducta única y continua, independientemente de si el contenido está guardado en un celular, un pendrive o discos ópticos.
De acuerdo a la investigación fiscal, el imputado había enviado al menos tres videos de niñas abusadas a través de aplicaciones como WhatsApp y Messenger. Además, en su teléfono se encontraron decenas de archivos —entre fotos y videos— que involucraban a menores de 13 años en situaciones sexuales explícitas. A esto se sumó el secuestro de un pendrive con más contenido y discos ópticos con material similar, así como evidencia de su participación en grupos de intercambio.
Con estos argumentos, el Superior Tribunal resolvió revocar tanto el sobreseimiento por prescripción como la absolución dictada en instancias anteriores. El caso fue reenviado al tribunal de origen para la realización de un nuevo juicio, donde se deberá analizar nuevamente la responsabilidad del imputado a la luz de la totalidad de las pruebas.
