Durante meses, las retenciones financieras redujeron los ingresos de un jefe policial rionegrino hasta dejar su cuenta en cero. La situación lo obligó a suspender los tratamientos médicos de su hija, lo que motivó un fallo judicial para garantizar la subsistencia familiar.
Durante más de 14 meses, la llegada de cada liquidación salarial significó un impacto severo para un comisario de la Policía de Río Negro. Los préstamos y compromisos financieros asumidos con distintas entidades absorbían una porción cada vez mayor de sus ingresos, alcanzando un escenario extremo en junio de 2026.
En ese período, sobre una remuneración bruta superior a los 3,9 millones de pesos, el depósito final que recibió en su cuenta fue de apenas $0,01.
La situación derivó en una presentación judicial cuando el despojo salarial impidió cubrir los gastos elementales del hogar, como el alquiler, los servicios y la alimentación. El impacto más crítico recayó sobre la salud de su hija menor, quien padece graves patologías neurológicas y motrices. Debido al ahogo financiero, la familia se vio obligada a interrumpir las terapias de rehabilitación de la niña, entre las que se encontraban la equinoterapia y la natación terapéutica.
Frente a la emergencia, el efectivo promovió una medida cautelar ante la Cámara Segunda del Trabajo de General Roca. Al analizar los recibos de sueldo presentados en el expediente, los jueces constataron que las retenciones sobre los haberes llegaron a alcanzar el 90,13 por ciento, evidenciando una disminución progresiva del dinero disponible hasta dejar la cuenta bancaria prácticamente en cero.
En los fundamentos de la resolución, el tribunal enfatizó que esa deducción desmedida «comprometía el carácter alimentario del salario e impedía la subsistencia del trabajador y de su grupo familiar». A su vez, los magistrados puntualizaron que la reducción extrema de los ingresos afectaba de manera directa los derechos de la menor, privándola del acceso a los recursos e insumos indispensables para sostener su tratamiento médico.
Al momento de definir la medida, la Cámara reconoció la presencia de un vacío normativo sobre los topes de descuento aplicables al personal público en la provincia. Sin embargo, los integrantes del fuero dejaron asentado que «la jurisprudencia del propio fuero ya había considerado razonable fijar un límite del 33 por ciento para preservar el derecho al salario y garantizar condiciones de vida dignas», criterio sobre el cual sustentaron la protección dictada.
En consecuencia, la sentencia ordenó a la Jefatura de Policía de Río Negro verificar de forma inmediata que la suma de los descuentos por préstamos no supere ese tope sobre la remuneración neta. La cautelar tendrá un plazo de vigencia de diez días, período durante el cual el comisario deberá entablar el juicio correspondiente contra las entidades crediticias para resolver la cuestión de fondo, dentro de un proceso que aún no se encuentra firme y puede ser apelado.
