jueves, 27 agosto, 2026
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Diputados aprobó la media sanción de Inocencia Fiscal II y el proyecto pasa al Senado

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que elimina los topes de ingresos y patrimonio para acceder al régimen simplificado y modifica las condiciones de fiscalización de ARCA. La iniciativa obtuvo 139 votos a favor, 110 en contra y dos abstenciones.

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles la media sanción del proyecto de ley conocido como Inocencia Fiscal II, que amplía el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias y modifica las condiciones bajo las cuales la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puede observar las declaraciones de los contribuyentes.

La iniciativa obtuvo 139 votos a favor, 110 en contra y dos abstenciones. El proyecto será girado al Senado para continuar con su tratamiento parlamentario.

El proyecto fue respaldado por La Libertad Avanza, el PRO, la UCR, sectores de Provincias Unidas, el MID, Independencia de Tucumán, Argentina Federal de Salta y Misiones, Producción y Trabajo de San Juan, Adelante Buenos Aires, La Neuquinidad y Por Santa Cruz. La propuesta busca ampliar el universo de contribuyentes que pueden adherir al régimen y establecer modificaciones vinculadas con la fiscalización tributaria.

Uno de los principales cambios consiste en eliminar los límites de ingresos y patrimonio que actualmente restringen el acceso al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias administrado por ARCA. La iniciativa elimina el tope de $1.000 millones de ingresos y el de $10.000 millones de patrimonio, por lo que cualquier contribuyente con residencia fiscal en Argentina podrá incorporarse al esquema, siempre que cumpla con las condiciones establecidas por la normativa.

El régimen reemplaza la declaración jurada tradicional por un mecanismo de presentación reducida. El objetivo planteado por el Gobierno es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y modificar el vínculo entre los contribuyentes y el organismo recaudador. La reforma también busca incentivar la incorporación al circuito formal de ahorros y activos que actualmente permanecen fuera del sistema financiero y tributario.

Otro de los puntos centrales está relacionado con las condiciones que deberá cumplir ARCA para impugnar una declaración simplificada. El proyecto establece que el organismo podrá formular observaciones cuando detecte una diferencia de al menos el 15% respecto del impuesto determinado, en lugar de tomar como referencia el saldo final a pagar. La modificación apunta a precisar el criterio que deberá utilizar el organismo para determinar cuándo existe una discrepancia que justifique una impugnación.

La iniciativa también incorpora un criterio de razonabilidad para las diferencias detectadas. No se considerará que existe una discrepancia significativa cuando el monto nominal de la diferencia sea igual o inferior al 5% del umbral establecido por el Régimen Penal Tributario, equivalente a $5 millones. Además, el contribuyente contará con un plazo de 15 días hábiles para rectificar la declaración e ingresar el saldo adeudado antes de que se configure la causal de impugnación prevista por el régimen.

El proyecto establece además que la carga probatoria recaerá exclusivamente sobre ARCA. El organismo podrá fundamentar sus impugnaciones en información declarada por el contribuyente, registros sistémicos o datos aportados por terceros. A su vez, se restringe el uso de determinadas presunciones para determinar obligaciones tributarias de quienes estén adheridos al régimen simplificado.

En este punto, la iniciativa mantiene hasta el 31 de diciembre de 2027 el bloqueo a la presunción vinculada con depósitos bancarios y establece restricciones adicionales para utilizar otras presunciones de manera aislada. Las observaciones deberán contar con respaldo probatorio externo, según lo establecido en el proyecto aprobado por Diputados.

La reforma también contempla una reducción automática del 25% en determinadas multas formales para MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no estén alcanzadas por la categoría de Grandes Contribuyentes Nacionales. El beneficio apunta a reducir las sanciones aplicables ante determinados incumplimientos formales.

Durante el tratamiento legislativo, el oficialismo acordó con sus aliados excluir de los beneficios tributarios del régimen a funcionarios públicos que hayan ejercido cargos de alta responsabilidad en los últimos cinco años. Los representantes de los tres poderes del Estado alcanzados por esa disposición podrán utilizar el sistema simplificado para presentar sus declaraciones juradas y pagar los saldos correspondientes, pero no accederán a la presunción de exactitud ni a las demás protecciones previstas para el resto de los contribuyentes.

En cuanto a los activos no declarados, el proyecto no establece una amnistía general para dólares u otros bienes que permanezcan fuera del sistema. La propuesta modifica las condiciones bajo las cuales ARCA podrá investigar el patrimonio de los contribuyentes y busca generar incentivos para que esos activos puedan incorporarse al circuito formal.

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