La Cámara en lo Penal de Esquel ratificó la sentencia contra Fabián Esteban Díaz por un caso ocurrido en 2018 en Lago Puelo.
La Cámara en lo Penal de Esquel confirmó la condena contra Fabián Esteban Díaz por un caso de abuso sexual ocurrido en julio de 2018 en un centro médico de Lago Puelo. Tras analizar el recurso presentado por la defensa, el tribunal ratificó la decisión adoptada luego de un juicio por jurados.
La sentencia estableció una pena de 8 años y medio de prisión de cumplimiento efectivo y la inhabilitación especial perpetua para ejercer la medicina. La resolución de la Cámara rechazó parcialmente la impugnación de la defensa y modificó la pena fijada en la instancia anterior.
Los jueces analizaron de manera integral la prueba presentada durante el proceso y concluyeron que el veredicto del jurado popular contaba con sustento probatorio suficiente y una valoración jurídica adecuada.
Qué analizó la Cámara
Uno de los puntos examinados fue el testimonio de la denunciante. El tribunal consideró que las precisiones que aparecieron de manera progresiva sobre la modalidad de la agresión resultan compatibles con los procesos de develación vinculados a situaciones traumáticas de carácter sexual.
Según el fallo, esas precisiones no constituyen contradicciones ni permiten descartar la credibilidad de la declaración que fue valorada durante el juicio.
La defensa también había cuestionado la posible influencia de la cobertura mediática sobre los integrantes del jurado. La Cámara rechazó ese planteo al considerar que no se acreditó que los jurados hubieran tenido contacto con esas publicaciones durante el debate ni que las mismas hubieran condicionado su decisión.
El contexto de violencia de género
Otro de los aspectos confirmados fue la consideración del contexto de violencia de género como una circunstancia agravante al momento de establecer la pena.
Los jueces descartaron que utilizar ese contexto para determinar la sanción implicara una doble valoración del mismo hecho.
El tribunal también consideró que las maniobras atribuidas al profesional, que según la acusación incluyeron inmovilización y utilización de fuerza física, excedieron los límites de un procedimiento médico legítimo.
Un caso ocurrido en 2018
El hecho investigado ocurrió en julio de 2018 en un centro médico de Lago Puelo. De acuerdo con la acusación fiscal presentada durante el juicio, el profesional habría utilizado su posición de autoridad y el contexto de la consulta para agredir sexualmente a la paciente.
La acusación también sostuvo que posteriormente habría amenazado a la mujer con el objetivo de procurar su silencio.
Para establecer la pena se tuvieron en cuenta el abuso de la función profesional, la extensión del daño y las consecuencias psicológicas que presentó la persona afectada, las cuales fueron respaldadas mediante peritajes especializados en trauma.
La resolución de la Cámara mantiene la condena de cumplimiento efectivo y la inhabilitación especial perpetua para ejercer la medicina, luego de la revisión solicitada por la defensa.
