Yonathan Vargas Muñoz está acusado de homicidio culposo por el hecho ocurrido en junio de 2023 en una empresa del barrio Industrial. La fiscalía sostuvo que una maniobra realizada sin las medidas de seguridad necesarias provocó la caída de un manguerote sobre Fonseca, mientras que la defensa afirmó que el acusado no tenía responsabilidad en la tarea.
Este miércoles comenzó en Comodoro Rivadavia el debate oral por la muerte de Rodrigo Javier Fonseca, ocurrida el 26 de junio de 2023 luego de sufrir un grave accidente mientras realizaba tareas laborales en el predio de la empresa Novadrill. El único imputado es Yonathan Aníbal Vargas Muñoz, quien enfrenta una acusación por homicidio culposo. El juicio está a cargo de un tribunal unipersonal integrado por el juez penal Ariel Tedesco y durante la primera jornada comenzaron a declarar los testigos convocados por las partes.
La acusación sostiene que el hecho ocurrió el 25 de junio de 2023, alrededor de las 12:30, en el predio de la empresa ubicado sobre avenida Progreso al 7000, en el barrio Industrial. En ese momento, Vargas Muñoz, Fonseca y otro trabajador se encontraban realizando tareas relacionadas con una prueba hidráulica de un manguerote. Según la fiscalía, durante esa actividad se utilizaron elementos y maquinaria que no eran adecuados para la maniobra y tampoco se señalizó correctamente el área donde se estaba realizando el trabajo.
La fiscal Andrea Rubio explicó durante su alegato inicial que buscará demostrar tanto la existencia del hecho como la responsabilidad de Vargas Muñoz en la muerte de Fonseca. De acuerdo con la reconstrucción planteada por el Ministerio Público Fiscal, el imputado sujetó el manguerote mediante una eslinga a las uñas de un autoelevador Heli, conocido como zamping, y luego elevó el elemento para colocarle una manguera destinada a realizar tareas de limpieza.
El problema se produjo cuando la manguera que había sido colocada en el manguerote se desprendió mientras este permanecía elevado. Fonseca se acercó para tomarla y, en ese mismo momento, Vargas Muñoz comenzó a bajar las uñas del autoelevador. Según la acusación, el movimiento hizo que el manguerote se deslizara de las uñas y cayera sobre la cabeza de Fonseca.
Como consecuencia del impacto, el trabajador sufrió un grave traumatismo de cráneo y permaneció internado hasta que falleció al día siguiente, el 26 de junio de 2023. Para la fiscalía, la maniobra se realizó sin extremar las medidas de precaución necesarias para una tarea de esas características y esa conducta constituye una actuación negligente que debe ser atribuida al acusado. Por ese motivo, la acusación fue encuadrada como homicidio culposo en calidad de autor.
Durante el inicio del debate también se hizo referencia a las convenciones probatorias acordadas previamente entre las partes. A partir de esos acuerdos, la fiscalía decidió desistir de algunos de los testigos que originalmente habían sido incluidos en su propuesta de prueba, concentrando la exposición en aquellos elementos que considera necesarios para sostener la acusación.
La defensa de Vargas Muñoz presentó una versión diferente sobre lo ocurrido. El abogado particular Sixto Troncoso sostuvo que el accidente no se produjo como consecuencia de una acción u omisión atribuible a su asistido y remarcó que Vargas Muñoz no era el encargado de la tarea que se estaba desarrollando en ese momento. Según planteó, se trataba de un trabajador más dentro del grupo y tenía la misma condición laboral que Fonseca.
El defensor también señaló que ninguno de los trabajadores contaba con los elementos de protección necesarios para realizar la actividad. Con ese argumento, buscó cuestionar la responsabilidad individual que la fiscalía atribuye a Vargas Muñoz y sostuvo que las circunstancias del accidente no pueden ser explicadas a partir de una conducta negligente de su defendido.
Con información de una gacetilla de prensa del Ministerio Público Fiscal.
