El Senado convirtió en ley el paquete que extiende el artículo 17 de la Ley 27.191 hasta el 31 de diciembre de 2045 y habilita la cesión excepcional de contratos firmados por el Estado. La cámara que agrupa a los generadores renovables calcula más de u$s 11.000 millones invertidos en el sector desde 2016.
El Congreso convirtió en ley la prórroga del régimen de estabilidad fiscal para las energías renovables hasta el 31 de diciembre de 2045. El Senado aprobó el jueves, por 38 votos contra 8, el proyecto del Poder Ejecutivo que llegó en revisión desde Diputados y que extiende la vigencia del artículo 17 de la Ley 27.191.
Ese artículo es el que impide gravar el acceso y la utilización de fuentes renovables con tributos específicos, cánones o regalías, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad de Buenos Aires. La redacción del capítulo da por prorrogado el plazo desde el 31 de diciembre de 2025, el día en que la protección había vencido, y hasta la nueva fecha de 2045. La prórroga corre entonces desde el vencimiento mismo, aunque la norma entrará en vigencia recién con su publicación en el Boletín Oficial, después de la promulgación del Poder Ejecutivo.
Fue el tercer intento por extender el beneficio. Un proyecto presentado por diputados en agosto de 2025 obtuvo dictamen y caducó con el recambio legislativo de diciembre, y el artículo incluido en el Presupuesto 2026 cayó cuando Diputados rechazó el Capítulo XI. El Ejecutivo reincorporó la prórroga en mayo al paquete energético que envió al Congreso y la Cámara baja le dio media sanción ese mismo mes.
La cesión excepcional de contratos del Estado
El capítulo renovable suma una segunda herramienta. La Autoridad de Aplicación o la Subsecretaría de Energía Eléctrica de la Secretaría de Energía podrán autorizar, con carácter de excepción, la cesión a terceros de contratos de abastecimiento firmados por organismos del sector público al amparo de la Ley 27.191. La condición es que la finalización de proyectos de inversión en curso dependa de esa cesión y que la parte pública del contrato lo acredite. En el mensaje con el que envió el proyecto, el Ejecutivo fundamentó el cambio en la necesidad de incorporar parque generador renovable al Mercado Eléctrico Mayorista.
El paquete aprobado incluye otros capítulos con impacto directo en el sistema eléctrico. La ley crea un mecanismo para determinar y compensar los ingresos que distribuidoras y transportistas dejaron de percibir por las leyes de emergencia tarifaria: en las distribuidoras la compensación se aplica contra sus deudas con CAMMESA y en las transportistas contra penalidades contractuales, siempre que desistan de los reclamos judiciales o administrativos vinculados. El texto también modifica el traslado a tarifas del costo de adquisición del gas natural y deroga el Decreto 277/2022, que había creado regímenes de acceso a divisas para la producción de hidrocarburos, junto con el Decreto 929/2013 y los artículos 19 a 22 de la Ley 27.007. Los proyectos aprobados en su momento conservan los beneficios adquiridos.
La lectura de la cámara del sector
La Cámara de Generadores y Cadena de Valor de Energías Renovables (CEA) celebró la sanción en un comunicado difundido este viernes. La entidad sostuvo que la extensión aporta «mayor certeza jurídica y fiscal a proyectos que, por su naturaleza, requieren importantes desembolsos de capital y horizontes de recuperación de largo plazo», remarcó que da continuidad a un marco de reglas estables para la inversión privada y aclaró que no crea subsidios nuevos.
Según la cámara, desde 2016 el país movilizó más de u$s 11.000 millones de inversión directa en generación eléctrica renovable e incorporó más de 6.500 MW de capacidad nueva. En el mismo período, la participación de las renovables en el consumo eléctrico pasó de menos del 2% a cerca del 19% en 2025, siempre según la entidad, que vinculó la continuidad del régimen con la demanda que traen el desarrollo industrial, minero y tecnológico.
La Ley 27.191 había fijado como meta que las fuentes renovables cubrieran el 20% del consumo eléctrico al 31 de diciembre de 2025, la misma fecha en que vencía la protección del artículo 17. La prórroga sancionada alcanza a la estabilidad fiscal: las metas de penetración y las reglas del Mercado a Término de Energías Renovables (MATER), el canal por el que los grandes usuarios contratan energía directamente con los generadores, quedan como estaban. En la práctica, la protección que la ley fijó en 2015 con un horizonte de diez años pasa a cubrir tres décadas.
La senadora salteña Flavia Royón, presidenta de la comisión de Minería, Energía y Combustibles y miembro informante, enumeró cinco ejes del proyecto: el régimen de Zona Fría, las deudas del mercado eléctrico mayorista, los criterios de tarifas de electricidad y gas, las renovables y la derogación de regímenes hidrocarburíferos. Sobre el cuarto punto dijo que la iniciativa «actualiza el marco normativo para energías renovables». La votación se hizo con el bloque peronista fuera del recinto, por lo que el oficialismo tuvo que garantizar por su cuenta el quórum de 37 senadores.
Para las provincias patagónicas, que concentran buena parte del potencial eólico del país junto a Buenos Aires, la prórroga tiene una lectura doble: consolida un horizonte de previsibilidad para nuevos parques, pero no resuelve el cuello de botella que la propia industria señala desde hace años, la capacidad de transporte eléctrico para evacuar esa generación hacia los centros de consumo.
