El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz condenó a Noemí Edith Choque Laura y Ramy Ramiro Álvarez Aramayo como coautores de trata de personas agravada. La víctima, una joven de Bolivia, fue sometida a explotación laboral en Río Gallegos y Gobernador Gregores. La sentencia incluye una compensación económica de $90.000.000.
El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz condenó a Noemí Edith Choque Laura y Ramy Ramiro Álvarez Aramayo a 8 años de prisión y al pago de $90.000.000 como coautores del delito de trata de personas agravada. La sentencia fue dictada tras un juicio en el que se probó que ambos engañaron a una joven de Bolivia con falsas promesas laborales para someterla a explotación en viviendas de Río Gallegos y Gobernador Gregores.
De acuerdo con el expediente, la víctima, que atravesaba una situación de carencias económicas, violencia familiar y secundaria incompleta, fue trasladada a la Patagonia bajo la promesa de un empleo. Una vez en Santa Cruz, sus jornadas se extendían de 6 a 24 horas y cumplía tareas de atención comercial, limpieza y servicio doméstico. Recibía una fracción mínima de dinero anual, de la cual se le descontaban gastos de comida, vestimenta y traslados.
El fallo señala que Choque Laura restringía la libertad de la víctima e interceptaba y pateaba las llamadas de su madre y hermano, impidiendo el contacto con su familia en Bolivia. En Río Gallegos, la obligaron a firmar contratos de alquiler y abrir cuentas bancarias bajo amenaza de deportarla.
La investigación se inició en 2018 a partir de la alerta de una clienta de un comercio en Gobernador Gregores, quien advirtió que la joven estaba angustiada y constató que le daban comida fraccionada, cumplía extensas jornadas, vivía con los patrones, no tenía comunicación con su familia y le habían confiscado el teléfono celular. La clienta le facilitó su propio dispositivo para comunicarse con la División Trata de Personas de la Policía de Santa Cruz. Semanas después, la víctima escapó durante una visita consular de funcionarios bolivianos en Río Gallegos.
Durante el juicio, la defensa sostuvo que la joven era parte de la familia y que gozaba de plena libertad. El Ministerio Público Fiscal presentó registros de mensajes de texto que acreditaron el ejercicio del dominio, control y explotación, respaldados por la declaración de la afectada en seis oportunidades.
El tribunal dispuso el embargo de bienes para garantizar el pago de la compensación económica, destinada a reparar el daño material, el lucro cesante y los perjuicios extrapatrimoniales. Además, ordenó remitir copias de las actuaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, a la embajada correspondiente y al fuero provincial para investigar un presunto historial de abusos en la vivienda.
Con información de La Opinión Austral, redactada y editada por un periodista de ADNSUR.
