miércoles, 21 octubre, 2026
InicioSociedadJusticia de Puerto Madryn confirmó que una niña de 5 años debe...

Justicia de Puerto Madryn confirmó que una niña de 5 años debe asistir a un jardín reconocido

La Cámara rechazó la apelación de los padres, que proponían educación en el hogar mediante una plataforma extranjera. El fallo ratificó la sentencia de primera instancia y ordenó la escolarización en un establecimiento habilitado.

La Justicia de Puerto Madryn confirmó la obligación de que una niña de 5 años continúe su educación en un establecimiento reconocido por las autoridades. Los jueces Guillermo Hansen y Heraldo Fiordelisi rechazaron la apelación presentada por sus padres y ratificaron la sentencia de primera instancia de la jueza de Familia Mariela Panigadi.

El caso se inició a fines de 2025, cuando un jardín de infantes de la ciudad advirtió que la pequeña había dejado de concurrir desde junio de ese año. Ante la interrupción de su escolaridad, la institución acudió a la Asesoría de Familia para que se evaluara la situación y se garantizara su derecho a la educación.

Los padres explicaron que habían decidido retirarla del establecimiento por desacuerdos con la dinámica escolar, la rotación de docentes y episodios de llanto que, según señalaron, aparecieron después del receso invernal. Como alternativa, propusieron continuar su formación en el hogar mediante una plataforma educativa vinculada con una institución extranjera.

Sin embargo, el Ministerio de Educación de Chubut informó que la niña no estaba matriculada en ninguna institución reconocida oficialmente por la provincia. A partir de ese informe, la Justicia ordenó su incorporación a un establecimiento habilitado.

Por qué la Justicia rechazó la educación en el hogar

Durante el proceso, los progenitores argumentaron que su decisión estaba amparada por la libertad de enseñar y aprender, reconocida en la Constitución Nacional, y por el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos.

No obstante, los magistrados sostuvieron que esas facultades deben ejercerse dentro del marco legal vigente y no habilitan a reemplazar unilateralmente la escolarización obligatoria por una modalidad que carece de reconocimiento oficial.

La normativa establece que la educación es obligatoria desde los 4 años hasta la finalización del nivel secundario. En ese contexto, la Cámara consideró que la plataforma elegida por la familia no podía sustituir la asistencia a una institución educativa reconocida por el Estado.

La socialización y el interés superior de la niña

Otro de los puntos centrales del fallo fue la importancia de la presencialidad para el desarrollo integral durante la infancia. Los jueces analizaron informes del Equipo Técnico Interdisciplinario y evaluaciones psicopedagógicas que destacaron el valor de la interacción con otros chicos, el aprendizaje entre pares y la incorporación de pautas de convivencia.

Los informes también advirtieron sobre los posibles riesgos de una dinámica en la que la enseñanza quedara exclusivamente a cargo de la madre dentro del hogar. Además, señalaron que interrumpir la escolaridad ante las primeras dificultades podía trasladar a la niña la responsabilidad de afrontar situaciones que requieren acompañamiento adulto.

La Cámara también tuvo en cuenta el derecho de la pequeña a ser escuchada. Durante una audiencia realizada en junio de este año, la niña manifestó que estaba asistiendo al jardín y que le gustaba concurrir. Si bien los jueces aclararon que, por su edad, esa expresión no podía interpretarse como una decisión autónoma sobre el sistema educativo, consideraron que su opinión debía ser valorada junto con el resto de las pruebas.

Durante la audiencia, los propios padres reconocieron que su hija había retomado la asistencia y que no presentaba dificultades para socializar con otros niños ni se negaba a ir al establecimiento. Esa información también coincidía con un informe del jardín. Aunque la familia sostuvo que la escolarización presencial le provocaba angustia y problemas de adaptación, la Cámara entendió que los elementos reunidos no justificaban interrumpir nuevamente su trayectoria educativa.

Finalmente, los jueces confirmaron la sentencia de primera instancia y ratificaron la obligación de garantizar la asistencia de la niña a una institución reconocida oficialmente. La resolución puso el foco en el interés superior de la menor y en la responsabilidad de los adultos de asegurar su derecho a la educación.

Más Noticias

Juicio a Guillermo Quiroga: testigos de ATE declararon y reconocieron documentación bancaria

Segunda jornada del juicio oral contra Guillermo Quiroga en Rawson. Representantes de ATE declararon y reconocieron extractos bancarios y transferencias vinculadas a la causa.

Ángel Romero reclamó a Thiago Mendes por una publicación con el escudo de Boca

Tras la victoria de Boca sobre Vasco da Gama, Ángel Romero increpó a Thiago Mendes por una imagen en la que rompía el escudo xeneize. Arruabarrena también se refirió al posteo de Leonel Flores.

Agustín Zaid: de Buenos Aires a nómada digital con equipo de 13 argentinos

Agustín Zaid dejó Buenos Aires, creó una agencia digital en España y trabaja con clientes en tres continentes. Destacó la creatividad argentina y contó su experiencia.

Chubut aclaró que no busca desalojar al Club Náutico YPF y apunta a regularizar el predio

La subsecretaria de Conservación y Áreas Protegidas, Nadia Bravo, explicó que la carta documento enviada al Club Náutico YPF responde a una formalidad legal y que la intención del Gobierno provincial es ordenar la situación administrativa de Caleta Sara.

Evacuaron el aeropuerto de Trelew tras una amenaza de bomba

La terminal del Aeropuerto Almirante Marcos A. Zar de Trelew fue evacuada este martes tras una amenaza de bomba realizada por un pasajero. Se activó el protocolo de emergencia y se realizaron inspecciones.