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De cuánto es la multa por no votar en las elecciones de octubre?

El voto es obligatorio para la mayoría de los ciudadanos. Conocé de cuánto es la multa si no vas a votar y qué pasos seguir para evitar sanciones

24/10/2025 – 13:40hs

El domingo 26 de octubre de 2025, los argentinos deberán asistir a las urnas para renovar 127 bancas en Diputados y 24 en el Senado, en comicios donde por primera vez se utilizará la Boleta Única de Papel (BUP).

De acuerdo con el Código Electoral Nacional, el voto es obligatorio, universal, igual, libre y secreto para todos los argentinos nativos a partir de los 16 años y naturalizados desde los 18. Esto significa que cada ciudadano tiene el deber legal de participar, y que todos los votos tienen el mismo valor, sin importar sexo, religión o condición social.

Los extranjeros residentes en el país no pueden participar de los comicios nacionales, por lo que no están habilitados para votar en esta elección.

Para quiénes el voto es optativo y quiénes están exceptuados

El voto no es obligatorio para:

  • Los jóvenes de 16 y 17 años, quienes pueden votar si lo desean gracias a la Ley de Voto Joven (26.774).
  • Los mayores de 70 años, que pueden decidir libremente si participan o no.
  • Los argentinos que residen en el exterior, siempre que hayan cambiado su domicilio antes del 19 de abril de 2025 o estén habilitados para votar por correo.

Además, están exentos de votar:

  • Jueces y funcionarios judiciales con tareas durante los comicios.
  • Quienes estén a más de 500 kilómetros de su lugar de votación y lo justifiquen ante una autoridad policial.
  • Personas con certificado médico que acredite incapacidad o internación.
  • Condenados o procesados según lo dispuesto por la ley.
  • Personal de servicios públicos esenciales que deba cumplir funciones durante la jornada electoral.

De cuánto es la multa por no votar en las elecciones nacionales 2025

Quienes no concurran a votar y no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección serán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar y deberán pagar una multa.

Según el Artículo 125 del Código Electoral Nacional, los montos vigentes para 2025 son:

  • Primera infracción: $50
  • Segunda infracción: $100
  • Tercera infracción: $200
  • Cuarta infracción: $400
  • Quinta o más infracciones: $500

La sanción aplica a los mayores de 18 años y menores de 70 que no presenten una justificación válida.

Además del pago, figurar en el registro puede generar restricciones administrativas, como la imposibilidad de realizar trámites públicos hasta regularizar la situación.

Qué hacer si el día de la elección estás en el extranjero

Los argentinos que se encuentren fuera del país el 26 de octubre deberán justificar su ausencia para evitar multas. Esto puede hacerse de dos formas:

  • Presentarse ante una autoridad policial o consular y solicitar una constancia.
  • Presentar pasajes o pasaporte que acrediten la salida del territorio nacional.

En el caso de los residentes permanentes en el exterior, podrán emitir su voto si realizaron el cambio de domicilio en su DNI antes de la fecha límite. También existirá la opción de voto por correo postal, disponible para quienes se registraron entre el 29 de mayo y el 28 de junio de 2025.

Qué hacer si perdiste o te robaron el DNI antes de votar

El DNI físico es el único documento válido para votar. No se puede sufragar con constancias de trámite, pasaporte ni registro de conducir. Si el elector perdió o le robaron el documento, debe hacer la denuncia policial correspondiente y, posteriormente, justificar su ausencia en el Registro Nacional de Infractores dentro de los 60 días posteriores a la elección.

Tampoco se acepta un ejemplar anterior al registrado en el padrón. Solo se puede votar con el documento más reciente emitido por el Registro Nacional de las Personas.

Cómo justificar la no emisión del voto paso a paso

Los ciudadanos que no puedan votar por causas justificadas tienen un plazo de 60 días hábiles para cargar la documentación en el sitio web del Registro de Infractores (infractores.padron.gob.ar). Allí deberán completar sus datos personales y adjuntar los comprobantes que respalden su ausencia.

Los documentos válidos incluyen:

  • Certificado médico oficial.
  • Constancia policial si se encontraba a más de 500 km.
  • Justificación laboral o constancia de servicio público esencial.
  • Acreditación de tareas electorales o fiscales en otro distrito.
  • Una vez aceptada la justificación, el elector queda exento de la multa y eliminado del registro.

Cómo verificar si figurás en el Registro de Infractores

Para revisar si se registró una infracción, hay que ingresar a infractores.padron.gob.ar e ingresar el DNI, género y distrito electoral. Si el sistema confirma la infracción, se puede abonar la multa online mediante los medios de pago habilitados. Una vez validado el pago o la justificación, la Justicia Electoral actualiza el registro y el ciudadano recupera su condición electoral normal.

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