La Justicia de Familia de Río Gallegos dictó una medida que alcanza al hombre y a su pareja, quienes no podrán acercarse a los dos hijos menores ni a la madre de ambos. La niña fue encontrada sola en un vehículo mientras su padre estaba en un local bailable.
El Juzgado de Primera Instancia de Familia N.º 3 de Río Gallegos dictó una medida de restricción de acercamiento que alcanza al padre de una niña de siete años y a su pareja. La decisión establece que no podrán acercarse ni mantener contacto con los dos hijos menores de edad ni con la madre de ambos. La medida tendrá vigencia durante varios meses.
El caso se originó en la madrugada del domingo 20 de septiembre, en inmediaciones de Entre Ríos y Zapiola. Personal policial encontró a la niña dentro de un vehículo detenido frente a una estación de servicio. La intervención comenzó a partir del aviso de un trabajador del lugar, que advirtió que un coche bloqueaba el acceso a la playa de la estación.
De acuerdo con la información incorporada a la causa, la niña había participado horas antes de una pijamada y luego insistió para que su padre fuera a buscarla. El hombre la retiró y la dejó dentro del auto, donde permaneció aproximadamente desde las 2:30 hasta las 5:30, cuando fue encontrada por los efectivos.
Antes de dejarla en el vehículo, el hombre le habría pedido que no llamara a su madre y le indicó que estaría fuera solamente una hora. La niña siguió la indicación, pero durante el tiempo que permaneció sola intentó comunicarse con su padre a través de mensajes enviados desde su teléfono celular para pedirle que regresara.
El hombre fue ubicado posteriormente dentro de un local bailable situado sobre Zapiola al 500. Luego de identificarlo, personal de Tránsito Municipal le realizó un test de alcoholemia y el vehículo fue secuestrado. La denuncia fue presentada en la Comisaría de la Mujer y la Familia de Río Gallegos.
Además de la actuación judicial, la Secretaría de Niñez, Infancia y Familia del Municipio de Río Gallegos realizó el jueves una visita para verificar las condiciones en las que se encontraba la niña. Durante el procedimiento inicial también había intervenido el mismo organismo.
La familia también había solicitado que se estableciera una cuota alimentaria y el cuidado provisorio unilateral, pero sobre esos puntos no hubo una resolución.
La situación generó además preocupación por un antecedente reciente relacionado con el hermano mayor de la niña, también menor de edad. Hace poco más de un mes, el adolescente habría quedado solo dentro de la vivienda de su padre, que estaba cerrada, y consiguió salir por una ventana. Sus abuelos paternos, que viven a pocos metros, advirtieron lo ocurrido cuando lo vieron cruzar el paredón y posteriormente lo llevaron hasta la casa de su madre.
Los dos menores se encontraban bajo un régimen de tenencia compartida, establecido mediante un acuerdo que había sido homologado por el Juzgado de Primera Instancia de Familia N.º 3. La nueva medida modifica temporalmente las condiciones de contacto mientras se analiza la situación familiar.
