El organismo habilitó una herramienta electrónica de recolección de adhesiones para proyectos legislativos populares. Funcionará de manera complementaria al respaldo en papel y su uso no tendrá costo para los promotores.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) lanzó una plataforma digital destinada a reunir adhesiones para iniciativas legislativas populares, mediante un sistema de firma electrónica. La herramienta fue creada por una acordada del tribunal y estará disponible para cualquier persona, agrupación política u organización de la sociedad civil que promueva una iniciativa de ese tipo.
Según informó la CNE, la plataforma funcionará de manera complementaria a la recolección de firmas en papel. La decisión se adoptó luego de una experiencia piloto autorizada por el tribunal en mayo de 2026, cuyas verificaciones permitieron comprobar la viabilidad técnica de vincular de manera segura la identidad de cada firmante con el documento firmado, garantizar la autenticidad de las firmas, la integridad de los documentos y la preservación de los datos personales.
La plataforma será administrada, mantenida y operada por la propia Cámara Nacional Electoral, a través de su Oficina de Coordinación General de Sistemas Informáticos Electorales, que también realizará el seguimiento técnico y el control periódico de los estándares de seguridad y autenticidad.
Los promotores de una iniciativa que quieran utilizarla deberán solicitar previamente su habilitación, sin costo alguno. La implementación de esta herramienta busca facilitar la participación ciudadana y modernizar el procedimiento de iniciativa popular, manteniendo las garantías de autenticidad y verificación previstas por la legislación vigente.
La decisión fue firmada por los camaristas Alberto Ricardo Dalla Via, Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas.
La idea es facilitar lo que establece la ley 24.747, reglamentaria de esa modalidad de participación ciudadana, que fija como condición para la presentación de iniciativas populares la recolección de firmas de “un número de ciudadanos no inferior al 1,5% del padrón electoral utilizado para la última elección de diputados nacionales”, representativas de por lo menos seis distritos electorales. La ley encomienda a la Justicia nacional electoral verificar la autenticidad de las firmas en un plazo no mayor a 20 días.
