La abogada Mariana Bengolea explicó cómo se utiliza la canasta de crianza del INDEC para determinar cuotas alimentarias en casos de ingresos informales y advirtió que los valores no reflejan el costo de vida en la Patagonia.
La abogada especialista en derecho de familia Mariana Bengolea analizó el uso de la canasta de crianza del INDEC como herramienta de referencia para la determinación de la cuota alimentaria en Argentina, especialmente en casos donde el progenitor obligado no cuenta con ingresos formales.
Según explicó, el índice se utiliza como parámetro orientativo en los procesos judiciales o acuerdos entre partes cuando no es posible establecer un porcentaje sobre un salario registrado.
“Trata sobre el costo de criar a un hijo: es la valorización de la canasta de crianza de la niñez que toma el INDEC cada mes y se toma en Comodoro como referencia en aquellos casos en los que el progenitor que tiene que abonar alimentos no tiene un recibo de haberes donde se le pueda retener el porcentaje que se haya acordado en relación a asistencia alimentaria”, señaló.
LA CANASTA DE CRIANZA COMO REFERENCIA
Bengolea explicó que la canasta de crianza es una herramienta de referencia, aunque aclaró que los valores del INDEC no siempre reflejan con precisión los costos reales en distintas regiones del país. En ese sentido, indicó que la medición se elabora con parámetros generales que no contemplan particularidades locales como las de la Patagonia.
“La canasta es meramente una referencia porque el INDEC hace esta cuenta sobre una región que no es la misma que Comodoro, los costos no son los mismos”, sostuvo, y agregó que el índice contempla distintos rangos etarios con valores diferenciados según la edad del niño. También detalló que el monto estimado por el organismo se ubica entre “$515.000 pesos y $640.000 pesos”, aunque remarcó que en muchos casos resulta inferior al costo de vida real.
COMPONENTES Y VALOR DEL CUIDADO
La especialista explicó que el índice se compone de dos grandes factores: los bienes y servicios necesarios para la crianza (alimentación, salud, vestimenta, educación y vivienda), y el costo del cuidado del niño o adolescente. En este último punto, destacó que se incorpora una valorización económica del trabajo de cuidado, tomando como referencia el régimen de trabajadores de casas particulares. En esa línea, remarcó que el cuidado tiene un valor económico que debe ser reconocido en las decisiones judiciales, en línea con avances normativos recientes que lo consideran un derecho autónomo.
EVOLUCIÓN DEL CRITERIO LEGAL
Bengolea señaló que anteriormente se utilizaba como referencia el salario mínimo, vital y móvil para fijar cuotas alimentarias en casos sin ingresos registrados, aunque ese sistema resultaba menos preciso. “Antes tomaban de referencia eso; ahora, si bien es una base que va a quedar por debajo de los gastos de la ciudad, es una buena referencia para tenerlo en cuenta”, indicó. Según explicó, la canasta de crianza representa una mejora porque permite diferenciar los gastos según la edad del niño y contempla también el valor del cuidado.
OBLIGACIÓN HASTA LOS 21 AÑOS
Consultada sobre la duración de la obligación alimentaria, la abogada recordó que en Argentina se extiende hasta los 21 años, incluso cuando la persona ya alcanzó la mayoría de edad a los 18. “La edad obligatoria para dar alimentos es hasta los 21 años… la obligación alimentaria es hasta los 21”, afirmó. Finalmente, la especialista destacó la importancia de contar con parámetros objetivos para la fijación de cuotas alimentarias, especialmente en contextos de informalidad laboral, donde la canasta de crianza del INDEC se consolida como una herramienta clave para el sistema judicial.
