Un tribunal civil determinó que el conductor de una Ford EcoSport no respetó la distancia de frenado y debió prever la desaceleración del vehículo que iba adelante, que redujo la velocidad por la presencia de ñandúes en la calzada.
Un automovilista que circulaba por la Ruta Nacional 22, a unos 40 kilómetros de Zapala, redujo la velocidad al encontrar una bandada de charitos en el asfalto. El conductor de una Ford EcoSport que avanzaba detrás lo embistió. La Justicia Civil de Villa Regina condenó al conductor del segundo vehículo al considerar que no respetó la distancia de frenado.
El hecho ocurrió en un tramo rural con cartelería preventiva sobre el paso de animales. La calzada se encontraba seca y con visibilidad despejada. El conductor del Volkswagen Suran frenó para evitar atropellar a las crías de ñandú. El de la EcoSport no logró esquivarlo e impactó la parte trasera.
Tras la negativa de la aseguradora, el dueño del Suran inició una demanda civil por daños y perjuicios. La disputa se centró en las versiones: el damnificado sostuvo que su reducción de velocidad fue una maniobra lógica para no atropellar a los animales; el conductor de la EcoSport argumentó que el vehículo precedente se había detenido totalmente cuando los charitos ya habían cruzado.
La magistrada a cargo evaluó las pruebas con base en el Código Civil y Comercial y la Ley Nacional de Tránsito. Recordó que todo conductor debe mantener el dominio de su rodado y circular con precaución. «Quien transita por detrás siempre debe prever la posibilidad de que el vehículo que lo precede disminuya bruscamente su velocidad», advirtió en el fallo.
El informe técnico del perito accidentológico concluyó que el conductor del Suran disminuyó la marcha y posiblemente se detuvo, aunque no pudo establecerlo con certeza. «El automovilista que circulaba detrás no logró reaccionar ni frenar a tiempo para evitar el impacto», señaló el dictamen.
La sentencia determinó que no existían elementos para probar que el primer vehículo estuviera inmovilizado o que los animales ya hubieran despejado la ruta. Condenó al conductor de la EcoSport a pagar una indemnización más intereses y extendió la obligación a su compañía de seguros dentro de los márgenes de la póliza.
La compensación abarca gastos de reparación del rodado, privación de uso durante los arreglos y daño moral. El tribunal rechazó el resarcimiento por pérdida del valor comercial del vehículo, ya que la pericia indicó que un arreglo integral permitiría conservar su precio para una futura venta. El fallo puede ser apelado.
