Un tribunal mixto absolvió por unanimidad a Fabián Jorge Pérez y Juan Carlos Vinay, quienes estaban imputados por presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Fabián Jorge Pérez, exingeniero jefe de Vialidad Provincial, y Juan Carlos Vinay, exjefe de la Zona Noroeste del organismo, fueron juzgados por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Un tribunal mixto absolvió por unanimidad a ambos, según informó el Ministerio Público Fiscal.
La causa investigaba la entrega gratuita de áridos provenientes de la cantera Arroyo Fontana para mejorar un callejón en la localidad de Trevelin. Según la acusación, los funcionarios habrían actuado fuera de lo establecido por la Ley Orgánica de Vialidad Provincial. Sin embargo, tras analizar las pruebas, el tribunal concluyó que no existió delito y resolvió absolver a ambos imputados.
El tribunal mixto, integrado por tres jueces técnicos y dos populares, sostuvo —a través de un fallo unánime— que la entrega del material había sido autorizada por superiores dentro de Vialidad Provincial. Según se acreditó durante el juicio, el pedido fue iniciado por particulares ante la Municipalidad de Trevelin y luego elevado por Juan Carlos Vinay. Finalmente, la autorización fue otorgada por el director de Conservación de Vialidad Provincial, Felipe Sagasta.
Además, el tribunal entendió que no se trató de una venta comercial de materiales, sino de una entrega gratuita de descarte, por lo que consideró que la normativa mencionada por la Fiscalía no aplicaba en este caso. Otro aspecto clave fue que Vialidad Provincial no posee actualmente una reglamentación específica ni una prohibición expresa sobre este tipo de entregas.
Durante el debate también se discutió si el camino beneficiado era privado o público. Mientras la Fiscalía y la querella sostenían que era un callejón privado, la defensa afirmó que se trataba de un espacio público. Ante las dudas sobre ese punto, el tribunal aplicó el principio “in dubio pro reo”, que establece que ante la falta de certezas debe favorecerse al acusado, y consideró el camino como un bien público. Por lo que finalmente se resolvió la absolución de los dos hombres juzgados.
