miércoles, 9 septiembre, 2026
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Justicia de Roca limita descuentos salariales a empleada policial para proteger tratamiento de su hija

La Cámara Primera del Trabajo de Roca ordenó limitar al 33% las retenciones voluntarias sobre el salario de una empleada policial de Río Negro, que sufría descuentos del 72% por deudas, para garantizar el sustento familiar y el tratamiento médico de su hija.

La Cámara Primera del Trabajo de la ciudad de Roca, Río Negro, dictó una medida cautelar que limita al 33% las retenciones voluntarias sobre el salario de una empleada policial provincial. La trabajadora, único sostén económico de su hogar, sufría descuentos cercanos al 72% de su sueldo por múltiples préstamos contraídos con entidades crediticias.

Según consta en el expediente, la mujer es madre de una hija que requiere asistencia médica constante y una alimentación especial, con cobertura parcial de su obra social. La reducción drástica de sus ingresos ponía en riesgo la supervivencia diaria del hogar y la atención de la menor.

La empleada presentó una medida cautelar contra el Estado rionegrino, su empleador. Los magistrados hicieron lugar al pedido y ordenaron limitar al 33% las retenciones por obligaciones voluntarias, una vez aplicados los descuentos obligatorios establecidos por ley.

En su resolución, los jueces señalaron que “el salario por su naturaleza tiene carácter alimentario” y que el cuadro familiar exigía una respuesta inmediata. La medida busca preservar una porción suficiente de los ingresos para resguardar los derechos elementales de la madre y garantizar la salud de la menor de manera transitoria.

El documento oficial indica que la medida es excepcional, ya que modifica el escenario previo a una sentencia definitiva. Los magistrados consideraron que existía un peligro real ante la demora del proceso ordinario, dado que el nivel de descuentos afectaba la calidad de vida de la menor de forma directa y cotidiana.

La resolución no elimina las deudas contraídas por la trabajadora, sino que restringe el monto máximo que las empresas acreedoras pueden cobrar automáticamente de su recibo de sueldo. El tribunal dispuso que la propia mujer informe a la Jefatura de Policía cómo distribuir el porcentaje disponible entre los acreedores.

Si la trabajadora no presenta ese detalle en un plazo de diez días, el descuento se repartirá proporcionalmente entre todas las entidades crediticias. La medida permanecerá vigente hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

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